Denegación de visado

 

Denegación de visado para entrar en la República de Belarús o denegación de entrada en territorio de la República de Belarús

Se le puede denegar la expedición del visado para entrar en la República de Belarús o la entrada en territorio de la República de Belarús a un extranjero en los siguientes casos:

  1. Al cruzar la frontera nacional en el punto fronterizo el extranjero ha violado las normas del Código de las fronteras nacionales y la normativa de aduanas; la entrada será denegada hasta que la infracción sea eliminada.
  2. El documento de viaje con una caducidad inferior a noventa días de la fecha prevista de la salida de la República de Belarús.
  3. El extranjero ha sido condenado en la República de Belarús o en otro país por un delito considerado un crimen a efectos del Código Penal de la República de Belarús, y la condena no ha sido extinguida o anulada.
  4. Durante su estancia en la República de Belarús el extranjero ha incurrido en responsabilidad administrativa varias veces (dos o más veces) en un año y el plazo de la sanción impuesta todavía no se ha cumplido.
  5. Durante su estancia en la República de Belarús el extranjero ha incurrido en sanción administrativa de multa pero no la ha pagado en el plazo establecido por las normas vigentes de la República de Belarús de acuerdo con el acto de imposición de la sanción administrativa de multa.
  6. El extranjero no puede aportar pruebas de que dispone de medios económicos suficientes para costear la estancia en la República de Belarús o la salida de su territorio, ni garantizar su disposición según el orden y en cantidad establecidos por el Consejo de los Ministros de la República de Belarús.
  7. Durante su permanencia anterior en la República de Belarús el extranjero ha agotado el período máximo de su estancia temporal.
  8. Existen indicios suficientes de que pueda quedarse en el territorio de la República de Belarús al haber agotado el período de su estancia o residencia temporal;
  9. Su estancia constituye un amenaza para la seguridad nacional, el orden público, la protección de la moral y salud pública, de los derechos y libertades de los ciudadanos de la República de Belarús y de otros países.
  10. En línea con el acuerdo internacional firmado por la República de Belarús, el órgano competente del país extranjero o de la organización internacional ha decidido restringir sus derechos de entrada en territorio de los países miembros del acuerdo o de la organización internacional.

Así como en los casos a continuación:

  1. Al presentar los documentos necesarios para solicitar el visado de entrada o la entrada en la República de Belarús, el extranjero ha proporcionado información falsa, ha presentado documentos y/o datos que no cumplen con los requisitos y las normas vigentes de la República de Belarús, incluso los documentos falsos, falsificados o inválidos;
  2. El extranjero está incluido en la lista de las personas que tienen prohibida o indeseable la entrada;
  3. La República de Belarús ha declarado al extranjero una persona inaceptable o indeseable (persona non grata);
  4. Hay información de que el extranjero pertenece o ha pertenecido a las personas con actividades extremistas, incluso terroristas; está o ha estado relacionado con actividades extremistas, incluso terroristas, de contrabando y/o otras delictivas que sirven para amenazar la seguridad nacional de la República de Belarús,así como con el comercio ilegal de armas, municiones y explosivos; con el tráfico ilícito de drogas, sustancias psicotrópicas y sus precursores, con la organización de inmigración ilegal de los extranjeros y trata de personas;
  5. El extranjero, sujeto al seguro médico obligatorio de viaje de acuerdo con las normas vigentes de la República de Belarús, no está en posesión de un seguro médico obligatorio de viaje contratado con una entidad aseguradora bielorrusa o extranjera que sea válido en el territorio de la República de Belarús;
  6. El extranjero tiene enfermedad incluida en la lista de las enfermedades que suponen un peligro para la salud pública.

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